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  • Caso Bono: "Diez evidencias confirmadas por la sentencia"

    El Ministro Alonso negó ante Zaplana en el Parlamento hasta diez evidencias confirmadas por la
    sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid nº 46/2006
    José Antonio Alonso, entonces Ministro del Interior, negó hace un año, ante el portavoz del Grupo
    Parlamentario Popular, Eduardo Zaplana, hasta diez evidencias confirmadas por la sentencia de la
    Audiencia Provincial de Madrid nº 46/2006 que ha condenado a tres funcionarios policiales por la
    detención ilegal de dos militantes del PP, Isidoro Barrios y Antonia de la Cruz.
    Ante las denuncias de Zaplana por las irregularidades cometidas en relación con la detención de los
    dos afiliados, el actual Ministro de Defensa incurrió en su comparecencia ante la Comisión de
    Interior del Congreso de los Diputados, el 3 de febrero de 2005, en un cúmulo de falsedades y
    contradicciones que la sentencia judicial ha puesto en evidencia.
    La comparecencia de Alonso se produjo diez días después de practicadas las detenciones.
    1. Las supuestas agresiones a Bono
    El ministro Alonso hizo buena la versión del principal de los condenados, el comisario Rodolfo Ruiz,
    cuando éste aseguró a sus subordinados que “si el ministro dice que le han pegado, le han pegadoâ€.
    Así, en su comparecencia en el Congreso, el ministro aseguró que “si el señor Bono dice que fue
    sujeto pasivo de agresiones, de empujones, de patadas y de golpes en la espalda, en los
    riñones, etcétera, si eso lo dice el señor Bono, creo que merece, como ministro del Gobierno de
    España, una credibilidad claraâ€.
    El portavoz del GPP, Eduardo Zaplana, mantuvo a lo largo de la comparecencia que ningún informe
    o atestado policial reconocieron la existencia de agresiones. Lo mismo que acaba de confirmar la
    sentencia de la Audiencia de Madrid, y que dictaminó en junio pasado el Juzgado de Instrucción 42
    de Madrid, que sobreseyó la causa por las supuestas agresiones a Bono.
    2. la manipulación de las diligencias
    El entonces ministro del Interior expuso en su comparecencia, de una manera extremadamente
    simplificada, todo lo relativo al atestado y a las diligencias por las presuntas agresiones al Sr. Bono.
    Alonso justificó tales diligencias porque se había cometido, según él, un delito de atentado contra la
    persona del entonces ministro de Defensa.
    Zaplana, por su parte, puso de manifiesto que desde la primera nota policial sobre los incidentes,
    fechada el mismo día de la manifestación de la AVT, el inspector que la realiza, que ha formado
    parte del dispositivo de seguridad en torno a Bono, subraya que no ha habido agresión al ministro.
    Lo que se reitera en otro momento de las diligencias, a pesar de lo cual estás continúan.
    “¿Por qué -pregunta Zaplana al ministro- se establece literalmente también en las mismas
    diligencias que hay que identificar a todas las personas que tuvieron participación activa en los
    hechos. ¿Qué hechos, si en las mismas diligencias se establecía anteriormente que no hubo ningún
    tipo de agresión?â€.
    Es de destacar, en este sentido, que Alonso reprochara a Zaplana que hablase de notas
    informativas policiales, cuando las “notas no son diligencias policialesâ€. Sin embargo, la Audiencia
    de Madrid considera probado que el inspector Javier Fernández, otro de los condenados, ordenó
    convertir la primera nota informativa, que negaba la existencia de agresiones, en las primeras
    diligencias policiales.
    La sentencia considera demostrado que, desde el primer momento, los funcionarios policiales
    condenados disponían del “material probatorio suficiente para la exculpación†de los militantes del
    PP, a pesar de lo cual se materializó su detención.
    3. El cambio de instructores del atestado
    Alonso llegó a asegurar en su comparecencia que es “falso que hubiera habido tres instructores de
    las diligenciasâ€, en contra de lo que afirmaba el portavoz del GPP, Eduardo Zaplana.
    La sentencia ha demostrado que, efectivamente, existieron tres instructores del atestado, en una
    operación tendente a magnificar los hechos ocurridos en la manifestación de la AVT y la presunta
    implicación de los dos detenidos.
    4. La expulsión del segundo instructor
    La sentencia considera probado que el segundo de los instructores del atestado fue relegado de sus
    funciones el día 25 de enero de 2005 por su negativa a practicar la detención de los dos militantes
    del PP, ya que la consideraba injustificada. La sentencia detalla incluso que el instructor, identificado
    como inspector 16.444, fue expulsado del despacho por el comisario-jefe de la Brigada Provincial de
    Información, Rodolfo Ruiz.
    A pesar de ello, nueve días después, el ministro Alonso negó estos extremos: “Asimismo es falso
    que el comisario-jefe expulsara de las dependencias policiales a un funcionario antes mencionado, e
    igualmente falso que hubiera habido tres instructores de las diligencias, etcétera.
    Señor Zaplana, probablemente su información no es buenaâ€.
    5. La fraudulenta identificación de los militantes del PP
    En relación con la identificación de los dos militantes del PP como presuntos agresores del Sr. Bono,
    el ministro Alonso aseguró en su comparecencia que “la policía cruza las fotos y los videos de la
    manifestación con los archivos del Documento Nacional de Identidad, identifica a esas dos
    personas, Isidoro Barrios y Antonia de la Cruz, para ver quiénes eran de entre los manifestantes y
    qué es lo que estaban haciendo en la manifestación.
    La policía determina, después de analizar todas esas evidencias -los videos, las fotos, las
    declaraciones, etcétera-, que existen motivos racionales para entenderlos implicados en los hechosâ€.
    Zaplana insiste en la comparecencia en denunciar que los dos militantes han sido detenidos sin
    pruebas y pone el dedo en la laga de “una identificación dentro de la investigación policial que
    no está para nada aclaradaâ€.
    La sentencia de la Audiencia de Madrid demuestra que en el material visionado y las
    comparecencias ante los instructores del atestado no había constancia de agresión al ministro Bono
    ni de la identificación de que los detenidos “hubieran participado en actos de hostigamiento contra el
    mismoâ€. La sentencia subraya asimismo que, si esto es así en el caso de Isidoro Barrios, lo es con
    mucha más razón en el de Antonia de la Cruz, que fue a declarar a las dependencias policiales sin
    haber sido citada ni identificada previamente.
    6. La falsa imputación
    El ministro Alonso aseguró en su comparecencia que “hay motivos racionales y suficientes para
    entender que existe -siempre, naturalmente, a los efectos en los que se mueve la investigación
    policial- tal tipo penalâ€.
    El portavoz del GPP, sin embargo, le echa en cara que los militantes del PP “han sido detenidos sin
    saber por qué, cuando se habían limitado a participar en una manifestación, en solidaridad con las
    víctimas del terrorismo, y ejerciendo un derecho constitucional innegable, el de manifestación. Han
    sido prejuzgadas, incluso con notas de la propia Delegación del Gobierno, acusados y apuntados
    como autores de algo que no han hechoâ€.
    La sentencia considera probado que la detención no sólo se produce sobre la base de una
    inexistente identificación de los detenidos, sino de una falsa imputación en la comisión del delito de
    atentado.
    7. La falta de pruebas
    El ministro Alonso defendía en su comparecencia la profesionalidad de los funcionarios implicados
    en la detención de los dos militantes del PP, asegurando que existían “indicios de autoría†para
    detenerlos.
    Zaplana le respondía entonces, en aquella comparecencia, que los dos militantes populares habían
    sido detenidos “sin que haya el más mínimo indicio de comisión de un delito, tan solo la aparición en
    una foto, y son acusados de un delito de amenazas y atentadoâ€.
    La sentencia demuestra que el inspector 16.444 se negó a practicar la detención de Isidoro Barrios y
    Antonia de la Cruz “por entender que no tenían pruebas en ese momento que les inculparanâ€, motivo
    por el que fue separado del caso y relevado en la instrucción del atestado.
    8. La detención ilegal
    “Nada de detención ilegalâ€, dijo en su comparecencia el actual ministro de Defensa al Portavoz del
    GPP. Zaplana le reprochó por su parte, que “dos ciudadanos españoles por el mero hecho de
    participar en una manifestación ejerciendo su derecho constitucional y de ser miembros del Partido
    Popular son detenidos con muchísima notoriedad, se facilitan sus nombres, y se vulneran desde
    nuestro punto de vista todos sus derechosâ€.
    La sentencia condena a los tres funcionarios policiales por detención ilegal.
    9. La responsabilidad política del delegado de Gobierno
    El ministro Alonso exculpó al Delegado del Gobierno de cualquier responsabilidad política en las
    detenciones, a pesar de que Zaplana le recordó que el anuncio de las detenciones fue realizado
    previamente por Constantino Méndez, cuando en ese momento, el día 24 de enero, no había habido
    identificaciones de ningún tipo de delito.
    Esto mismo es lo que señala sentencia, que declara abiertamente que el Delegado del Gobierno
    faltó a la verdad, al anunciar unas
    detenciones cuando as diligencias no había constancia alguna de delito.
    10. La intencionalidad política
    El entonces ministro del Interior aseguró que “ni el ministro del Interior ni ninguna persona de la
    estructura política del Gobierno dirigió ninguna orden o consigna alguna, ni la más mínima, relativa a
    la investigación policial, ni muchísimo menos la de detener o dejar de detener a nadieâ€.
    Zaplana le contestaba entonces que “tenemos una acreditación policial de que no se ha producido
    agresión, una voluntad política inequívoca de investigar y localizar autores de una agresión que no
    existía; voluntad política -les he citado dos opiniones, la suya y la del señor Blanco, pero puedo
    citarles más- y esa voluntad de más indica que es necesario que se practiquen detenciones de
    personas y se apunta a una determinada formación política, a un determinado partido políticoâ€.
    La sentencia viene a declarar que sí hubo voluntad política al asegurar que las detenciones fueron
    de “complacencia†y “mirando a tendidoâ€, y en este sentido señala que todos los delitos y
    actuaciones ilegales se cometen a partir de anuncio de Delegado del Gobierno.

    NNGG Madrid

  • Caso Bono INTENCIONALIDAD DE LA OPERACIÓN POLÃTICA

    De la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid nº 46/2006 se desprende que los policías
    condenados detuvieron a los militantes para complacer al poder político. Algunos pasajes de la
    sentencia son muy reveladores de la intencionalidad de la operación política:
    -“Al término de tal reunión, Constantino Méndez se reúne con los medios de comunicación y dice
    que “calculaba que pronto habría identificaciones y detenciones porque había suficientes indicios en
    la investigación policial†(…)
    Afirmación que no respondía a la realidad, pues la investigación policial
    en la tarde del día 24-1-05 no reflejaba ni agresiones al señor ministro,
    ni identificaciones de clase alguna de participantes en los incidentes.â€
    -“Este Tribunal no tiene elementos para entender que la conducta de los acusados en orden a las
    detenciones analizadas fuesen sugeridas por instancias superiores a ellos, pero si tiene la leve
    sospecha que las
    previsiones o vaticinios de que “pronto habría identificaciones y
    detencionesâ€, que hizo el excelentísimos señor Delegado del Gobierno
    en Madrid, tan solo horas antes de aquellas, si bien del día anterior,
    pudieron haber influido en el proceder de ambos acusados, quienes se
    olvidaron que son Policía Judicial, sirvieron a fines o criterios que son
    contrarios a la justicia que propugna un Estado de Derecho e hicieron ciertas las afirmaciones del
    señor Delegado del Gobierno en Madrid, “practicando identificaciones y detencionesâ€.
    -En un momento dado, en torno a las 13 horas de la mañana del
    referenciado día, entró en la sala de televisión de la Brigada Provincial de Información el comisario
    acusado, diciéndole el inspector jefe, también acusado, “jefe, no se ve nadaâ€. Contestando el jefe de
    la Brigada que “si el ministro dice que le han pegado, le han pegado y eso no se cuestionaâ€.
    - “…le cesan y materializan unas detenciones que, aparte de inmotivadas, arbitrarias y abusivas,
    aparecen como antijurídicas “detenciones de complacencia†o “detenciones mirando al tendidoâ€,
    vulnerando el Estado de Derechoâ€.
    - Las afirmaciones de los acusados en la instrucción en orden a que se trató de una detención
    formal, no material, “para salvaguardar mejor sus derechosâ€, “para protegerles jurídicamente†y
    “como un plus de seguridadâ€, representa una aberración jurídica , pues toda persona tiene un
    derecho fundamental a la libertad y a la seguridad, de modo que nadie puede ser privado de su libertad, sino en los casos y en la forma previstos en la ley.

  • Memoria selectiva del PSOE

    Nota de actualidad, 6 de junio de 2006
    Batasuna y los partidos nacionalistas
    Se acusa al Partido Popular de estar sólo frente a todos en la estrategia a
    seguir ante el alto el fuego de ETA. Pero, ¿quién hace compañía al gobierno
    de Zapatero? Los nacionalistas e Izquierda Unida, que no deja de ser un
    partido nacionalista más (de sus cinco escaños, dos son de Iniciativa per
    Cataluña)
    Los partidos nacionalistas esperan que las negociaciones con ETA abran
    nuevas oportunidades para avanzar más en sus propios objetivos políticos.
    Nunca apoyaron la Ley de Partidos y ni la ilegalización de Batasuna. Es lógico
    que vean con simpatía que el Gobierno dé a Batasuna el reconocimiento que
    la Ley de Partidos y los Tribunales le quitaron.
    Todos deseamos que ETA abandone las armas. Pero otros esperan algo más:
    que la disolución de ETA sea la oportunidad para avanzar en la liquidación de
    España como nación, ven en estas negociaciones una oportunidad para
    romper los límites de la Constitución. Por eso respaldan en esta hora a
    Zapatero.
    Los antecedentes de la tregua actual
    En 1998 el PSOE exigía a Aznar que rechazara el "chantaje" para abrir una
    negociación política con ETA. Por ejemplo, Ramón Jáuregui afirmaba: "ETA y
    Euskal Herritarrok (EH) están ante una operación calculada para que el
    Gobierno acepte una negociación política con la banda". Jáuregui pedía a
    Aznar que no diese “ más pasos en la dirección del diálogo con ETA hasta que
    la banda no proclame el cese definitivo de la violencia". Lo mismo que nosotros
    hemos repetido.
    En 1998 Otegui decía: "El Gobierno tiene que habilitar una mesa de
    negociación política con la organización armada. Eso no impide que después,
    como complemento de esa mesa, o de forma paralela, haya otra mesa que se
    constituya en torno a las fuerzas políticas de Euskal Herria". Como es obvio, el
    PP no aceptó ni acepta este chantaje.
    El PSOE acusa al PP de desleal por hacer lo mismo que el PSOE hizo en
    1998. No sabemos lo que acabará haciendo Zapatero; de momento, ha
    aceptado públicamente iniciar un diálogo político con los representantes
    públicamente designados por la banda terrorista ETA. Y lo que sí sabemos es
    que, en 1998, el Partido Popular no cedió un milímetro ante chantaje de los
    violentos.

  • Las verdades ofenden

    La inmensa mayoría de los medios de comunicación catalanes, casi todos los partidos políticos y las plataformas con vocación de serlo, han callado o han criticado duramente a Enrique Múgica por elaborar un informe en el que se constata la preocupación de esta institución por la progresiva “minoración de libertades y derechos lingüísticos de los castellanohablantes en el ámbito educativo catalánâ€. A Múgica se le ha acusado de “mentir†y de poner a la Institución al servicio de la “extrema derechaâ€.
    El Defensor del Pueblo español se ha limitado a trasladar las quejas que ha recibido en los últimos meses sobre la negativa de la Generalitat a informar a padres y madres sobre la posibilidad legal que existe en Cataluña de elegir la lengua oficial en la que quieren escolarizar a sus hijos. Han llamado “mentiroso†al Defensor del Pueblo por denunciar que en las hojas de preinscripción escolar de los niños en Cataluña no existe la casilla —prevista en la ley— para que los padres puedan elegir si quieren recibir la educación en catalán o castellano. Para comprobarlo sólo hay que acercarse a un centro y solicitar este impreso. Múgica no miente, pero hay verdades de ofenden: Ofenden porqué suponen una ráfaga de aire fresco en esta especie de oasis putrefacto. No me parece bien que se obligue a un niño cuya lengua materna es el catalán a aprender en castellano, de la misma manera que no me parece bien que se obligue a un niño cuya lengua materna es el castellano a aprender en catalán. Y esto último es, tal cuál, lo que está pasando en Cataluña.
    Por eso el informe del Defensor del Pueblo hace tanto daño. Hace daño al nacionalismo catalán, hace daño al intento de instaurar el pensamiento único, la lengua única, el partido único. Y precisamente por eso, los autores intelectuales del nuevo Estatuto de autonomía de Cataluña han tenido tanto interés en recortar el derecho de los catalanes de acudir al Defensor del Pueblo en defensa de sus derechos fundamentales. Por eso el nuevo Estatuto le otorga en exclusiva al Síndic de Greuges la competencia para conocer de los asuntos que afectan a la Generalitat o a los ayuntamientos catalanes. El Defensor del Pueblo español lo será, si el Constitucional no lo impide y por la gracia de Zapatero, de todos los españoles excepto de aquellos españoles que vivimos en Cataluña.
    Desde CiU se ha censurado a Múgica por hacer declaraciones que, según la coalición nacionalista, “colisionan con las libertades y los derechos lingüísticos de Cataluñaâ€. El partido de Artur Mas ha dicho estar “sorprendido†por el hecho “que nunca oigamos palabras del señor Múgica defendiendo la identidad y las libertades de los catalanesâ€. ¿Han oído algo más sectario y excluyente que esto? ¿O es que Múgica no puede defender los derechos de los catalanes que en el ejercicio de su libertad y amparados por la ley, quieren educar a sus hijos en castellano? Para los nacionalistas aquellos que no defendemos los principios del nacionalismo identitario somos malos catalanes o, sencillamente, no podemos ser considerados catalanes. Produce escalofríos.
    En Cataluña ya sólo el PP defiende la libertad. Nos acusan de ser anticatalanes simplemente porque defendemos la libertad de los padres a elegir la lengua en la que quieren escolarizar a sus hijos. Y los socialistas de Montilla aplauden y justifican a quienes, amparándose en un supuesto proceso de “construcción nacional†se atreven a ignorar, insultar y agredir a quienes no pensamos como ellos. Algo mal de salud debe andar la democracia en Cataluña cuando se acusa al PP o al Defensor del Pueblo de “agredir a la democracia†o de “amenazar†por querer presentar un recurso de inconstitucionalidad contra el Estatuto de autonomía de Cataluña. Poco demócrata es aquel que considera una “amenaza†que puedan utilizarse, en un Estado de Derecho como el nuestro, los mecanismos legales previstos en nuestro ordenamiento jurídico

    Artículo escrito por: Daniel Cirera

  • ¿Por qué ser del Partido Popular?

    El Partido Popular es una organización política popular y reformista, inspirada en la tradición liberal europea y el humanismo cristiano, que desde posiciones de centro reformista aspira a modernizar la realidad social haciendo que la libertad, la igualdad de oportunidades, la solidaridad y la justicia alcancen a todos los ciudadanos sin distinción.
    Trabajamos por una España basada en la defensa de las personas, su dignidad, responsabilidad y libertad; en la defensa de las instituciones que las protegen frente al riesgo de los abusos del estado inherentes al dirigismo socialista. Una sociedad, en suma, abierta y libre.
    Definimos la realidad de España como Nación, asumiendo y propugnando el Título VIII de nuestra Constitución para la ordenación territorial del Estado y de las Comunidades Autónomas españolas.
    España es, además, una Nación europea, miembro de pleno derecho de la Unión Europea. En este contexto, apostamos por una Europa unida, democrática y solidaria. Una Europa de los ciudadanos, defensora de los derechos humanos y de las libertades individuales, tolerante y abierta al diálogo. Una Europa que juegue un papel moderador y solidario en la comunidad internacional, que ayude a reducir los desequilibrios sociales en el mundo, preservando la paz mundial y consolidando los principios de justicia y solidaridad en las relaciones internacionales.
    Tras la celebración de sus últimos congresos, el Partido Popular se define como una formación política de centro reformista al servicio de los intereses generales de España, que tiene a la persona como eje de su acción política y el progreso social como uno de sus objetivos. Inspirados en los valores de la libertad, la democracia y el humanismo de tradición occidental, defiende la dignidad del ser humano y los derechos y libertades que le son inherentes; propugna la democracia y el Estado de Derecho como base de la convivencia pluralista en libertad; promueve, dentro de una economía de mercado, la modernización y la cohesión social así como la igualdad de oportunidades y el protagonismo de la sociedad a través de la participación de los ciudadanos en la vida política; aboga por una comunidad internacional fundamentada en la paz y en el universal respecto de los derechos humanos.

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